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Tribunal Supremo de Venezuela declara que el Ministerio Público sólo podrá imputar ante jueces de control

El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) admitió una demanda de nulidad interpuesta contra el Ministerio Público, en la que se solicitaba limitar la acción del ente en materia de imputaciones.

En tal sentido, el Poder Judicial decidió que la Fiscalía sólo podrá citar, en calidad de imputada, a una persona si está presente un juez de control.

“Acuerda cautelarmente de oficio que sólo se adquiere la condición de imputado mediante acto formal ante el Juez de Primera Instancia en funciones de Control competente, de los hechos de los cuales se le atribuye la participación o autoría”, reza una de las decisiones de la sentencia.

A continuación el texto del trino de la cuenta oficial del TSJ:

CC

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