Después de los “tira y encoge” y los “dimes y diretes” reseñados por los medios de comunicación durante las últimas semanas, por fin salió humo blanco en el Palacio Federal Legislativo y “habemus” Comité de Postulaciones para la elección de la nueva directiva del Consejo Nacional Electoral en Venezuela.
Si bien este año no corresponde llevar a cabo la renovación de las máximas autoridades del Poder Electoral este evento es consecuencia de lo acordado en la Mesa de Diálogo Nacional establecida entre el Gobierno presidido por Nicolás Maduro y el sector no extremista de la oposición venezolana.
En este escenario el Presidente de la Asamblea Nacional paralela – Juan Guaidó – insiste en la desgastada consigna del cese de la usurpación y en la conformación de un CNE “hecho a la medida de Washington”. Asegura que – según su pintoresca interpretación de la Constitución – el parlamento es el único poder que puede designar un poder público nacional.

Al autoproclamado se le olvida que en el caso de incurrir en omisión legislativa el Tribunal Supremo de Justicia tiene potestad para hacerlo. Invitamos a Juan Guaidó y – a quienes tengan curiosidad sobre el tema – a conocer cómo se lleva a cabo la renovación del Poder Electoral en Venezuela.
La Constitución y la Ley Orgánica del Poder Electoral marcan la hoja de ruta
Según el artículo 296 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
“El Consejo Nacional Electoral estará integrado por cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos; tres de ellos o ellas serán postulados o postuladas por la sociedad civil, uno o una por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades nacionales y uno o una por el Poder Ciudadano”
El artículo 8 de la Ley Orgánica de Participación Electoral (LOPE) estipula lo siguiente:
“El Consejo Nacional Electoral está integrado por cinco (5) miembros, denominados Rectoras o Rectores Electorales, cuyo período de ejercicio en sus funciones es de siete (7) años. Son designadas o designados por la Asamblea Nacional con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de sus integrantes y podrán ser reelegidas o reelegidos en sus cargos hasta un máximo de dos (2) períodos adicionales, previa evaluación de su gestión por parte de la Asamblea Nacional. Tienen seis (6) suplentes designadas o designados de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y esta Ley”
El Tribunal Supremo de Justicia
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) estableció en la sentencia Nº 1.556 del 9 de julio de 2002 que la misma podía nombrar a los rectores del CNE, en caso de que no se diera en la Asamblea Nacional los votos de las dos terceras partes (2/3) de los diputados necesarios para la escogencia. La decisión de la Sala Constitucional del TSJ se basó en el numeral 7 del artículo 336 de la Constitución que versa los siguiente:
“Declarar la inconstitucionalidad de las omisiones del poder legislativo municipal, estadal o nacional cuando haya dejado de dictar las normas o medidas indispensables para garantizar el cumplimiento de esta Constitución, o las haya dictado en forma incompleta, y establecer el plazo y, de ser necesario, los lineamientos de su corrección”
Bajo este procedimiento, la Sala Constitucional del TSJ designó a los rectores del CNE en cuatro ocasiones: 25 de agosto de 2003, 21 de enero de 2005, 26 de diciembre de 2014 y el 5 de enero del 2017.
El tiempo corre…
El 9 de marzo se instaló formalmente el comité de postulaciones. La sesión plenaria de la AN para la elección de la nueva Junta Directiva del CNE debe llevarse a cabo 30 días después de esa fecha.
Consenso entre el Bloque de la Patria y la Oposición
El Presidente Nicolás Maduro celebró la instalación del Comité de Postulaciones y aseguró que el mismo está compuesto por todos los partidos políticos de la oposición y por el Bloque de la Patria: Ángel Medina (Primero Justicia) en la Presidencia, Julio Chávez (Bloque de la Patria) en la Vicepresidencia y parlamentarios del PSUV y de otros partidos como Voluntad Popular, Acción Democrática y Un Nuevo Tiempo.
“Todos del G-4, sentados en la misma mesita con nosotros, agarraditos de la mano y tomando cafecito, juntos y preparando lo que será el nombramiento del CNE por consenso. ¡Así se lo anuncio al mundo!”
Ratificó que las elecciones parlamentarias se llevarán a cabo este año y que la nueva Asamblea Nacional se instalará el 5 de enero de 2021. Aseguró también que este nuevo CNE por consenso ampliará aún más las garantías que disfrutan los venezolanos en los comicios establecidos por la Constitución.
¿Se logrará?
Las declaraciones del primer mandatario nacional son esperanzadoras porque un proceso electoral con la participación de todos los sectores políticos podría ayudar a los venezolanos a caminar hacia la restitución de una noción de comunidad y corresponsabilidad política que ayude a disminuir el conflicto de alta intensidad que se vive en el país.
Sin embargo, de no lograrse los votos de las dos terceras partes de los diputados para la escogencia de la nueva directiva del CNE, su designación quedaría en manos del Tribunal Supremo de Justicia y esto le daría pie a la oposición golpista para sabotear y boicotear los comicios parlamentarios. Amanecerá y veremos.
Enza García Margarit/VTactual.com