Actualmente el reino de España experimenta propuestas opuestas en torno a la vida humana. Por un lado, en Cataluña se impulsa una Ley para la despenalización del suicidio asistido, por otro, la candidata del Partido Popular para la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, aboga porque los concebidos no nacidos sean considerados como miembros de la familia.
La consellera de Salud de la Generalitat de Cataluña, Alba Vergés, ha argumentado en el Parlament, que la penalización de la eutanasiaconstituye una clara violación a los derechos de los ciudadanos, al obstruir su libre decisión en torno a la continuidad de su existencia.
En este sentido, Vergés precisó que «está siempre al lado de los derechos», al tiempo que añadió que con este proyecto de ley se está “haciendo lo que no hace el Estado español y lo que no se ha atrevido nunca a hacer«.
Pese a que esta idea parece descabellada para muchos, también podría ser el principio de un giro en las leyes españolas, las cuales obligaría a la comunidad nacional e internacional a mirar el tema de la eutanasia, como un tema de gran importancia para la construcción de una nueva sociedad, la cual es constantemente influenciada por malas prácticas y de manera irracionales.
Familia desde el vientre
Por otro lado, Isabel Díaz Ayuso, plantea que los bebés que no han nacido aún, sean tomados en cuenta a la hora de procesar diversos documentos, tal como la solicitud de la plaza escolar o tramitar el título de familia numerosa.
«La idea sería que una vez que una mujer está embarazada su hijo disfrute de pleno derecho de todas la ayudas y ventajas fiscales que se pueda tener para las familias numerosas y de especial categoría», ha comentado.
Aunque este último proyecto de ley pudiera percibirse como una propuesta sensata, hasta el momento Isabel Díaz Ayuso, no ha precisado si esta consideración como “miembro de la familia”, pudiera permanecer si hubiera algún problema y el bebé no llegara a nacer. De ser así, este cambio a la legislación español se opone a las actuales leyes establecidas, que toma por nacidos a quienes nazcan y permanezcan con vida durante 24 horas.
El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca en las condiciones que expresa el artículo siguiente. El artículo 30 reza: «Para los efectos civiles, solo se reputará nacido el feto que tuviera figura humana y viviere 24 horas enteramente desprendido del seno materno».
En el 2009, una ley similar fue aprobada, en esa oportunidad contemplaba a los fetos pasaron como hijos en el momento de optar por plaza en guarderías, colegios e institutos financiados con fondos públicos, así como para la calificación de familia numerosa, sin embargo, en el 2017, el pleno de las Cortes Valencianas derogó la ley.
YR