InicioDestacadaEEUU y la OEA: Ilegalidad al dente

EEUU y la OEA: Ilegalidad al dente

Contrastes

La Constitución Bolivariana de Venezuela establece en su preámbulo que la República se fundamenta en una democracia “participativa y protagónica”.

La Carta Democrática de la OEA, considera que:

“La democracia representativa es indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región y que uno de los propósitos de la OEA es promover y consolidar la democracia representativa dentro del respeto del principio de no intervención”.

Ya esto nos habla de dos modelos que si bien pueden convivir bajo el principio de no intervención, son doctrinariamente antagónicos.

En la democracia representativa las cúpulas políticas van succionando el poder del pueblo para decidir a favor de los intereses económicos que los manipulan cual marionetas. Tal es el tipo de democracia vigente en los Estados Unidos.

Los estadounidenses viven en un sistema cada vez menos democrático. Cada año, miles y miles de dólares son invertidos por grandes empresas trasnacionales para comprar leyes en el Congreso de Estados Unidos. El cabildeo o lobby es una práctica legal, común y cotidiana, postergando los intereses y derechos de los ciudadanos a los intereses, privilegios y caprichos del gran capital.

Mencionamos a Estados Unidos porque sus propios Congresistas y altos funcionarios reconocen tener una amplia influencia sobre las decisiones de la OEA. Recientemente el senado emitió una resolución unánime en la que instaba al Presidente Donald Trump a apoyar los esfuerzos de la OEA para invocar (ILEGALMENTE) la Carta Democrática contra Venezuela.

Suponemos que esa influencia también sirvió para que la democracia representativa fuese presentada como ejemplar en aquel pasado reciente en el que Estados Unidos manejaba como un patio trasero el sur del continente.

En Venezuela, la democracia es participativa y protagónica porque la soberanía y el poder reside en el pueblo. Muestra de ello es que en la nación suramericana se celebran elecciones casi todos los años y la vigente Carta Magna fue aprobada en votación directa del pueblo… hasta una reforma de la misma fue rechazada en elecciones.

La propia Carta Democrática reconoce y reafirma los valores en los que se sustenta el estado bolivariano al decir que:

“el carácter participativo de la democracia en nuestros países en los diferentes ámbitos de la actividad pública contribuye a la consolidación de los valores democráticos y a la libertad y la solidaridad en el Hemisferio”.

Para qué sirve el Instrumento

La misma Carta Interamericana plantea que:

“La alteración o ruptura inconstitucional del orden democrático en un Estado del Hemisferio constituye un obstáculo insuperable para la participación del gobierno de dicho Estado en el proceso de Cumbres de las Américas”

Eso, aunado al principio de no intervención, impide a la OEA a aplicar el referido instrumento contra nuestro país y les impide- al menos en forma- la utilización de la Carta Democrática para dar fachada legal a un cambio de gobierno en Venezuela.

La oposición venezolana, promotoras local de la aplicación de la Carta Democrática contra Venezuela en connivencia con el secretario General de la Organización de Estados Americanos, Luis Almagro, no reconocen ni practican los principios fundamentales del instrumento legal.

Se trata de los mismos actores que hace pocos meses pretendían aprobar una ley de amnistía con la que borrarían de sopetón delitos cometidos para propiciar la ruptura del orden constitucional, es decir: derrocar por la vía de la violencia y la conspiración a los gobiernos democráticamente electos durante el período de la Quinta República.

Es más, la Carta Democrática exige la “subordinación constitucional de todas las instituciones del Estado a la autoridad civil legalmente constituida”. La máxima autoridad civil legalmente constituida es Nicolás Maduro, electo en sufragio libre y directo el 14 de abril del año 2013.

Venezuela es un estado de Justicia y de derecho. Cifras de organismos internacionales independientes hablan de la lucha del gobierno venezolano por la equidad en la distribución de la riqueza, los inmensos esfuerzos en educación y la erradicación del analfabetismo, acceso a derechos culturales, cooperación, integración y solidaridad entre países de la región, la participación del pueblo en la toma de decisiones de impacto en la vida nacional, el avance en materia de derechos de los trabajadores y trabajadoras y la defensa de los derechos humanos.

Todos estos aspectos son principios fundamentales que sirven de marco a la Carta Democrática de la OEA y todos los cumple Venezuela a cabalidad.

En profundidad

¿Cómo y quien solicita la aplicación de éste instrumento en un país? Según la propia Carta Democrática, Artículo 17:

“Cuando el gobierno de un Estado Miembro considere que está en riesgo su proceso político institucional democrático o su legítimo ejercicio del poder, podrá recurrir al Secretario General o al Consejo Permanente a fin de solicitar asistencia para el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática.”

La Constitución venezolana establece en su artículo 236 que “Dirigir las relaciones exteriores de la Republica y celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales.” No es competencia del parlamento ni de la oposición, solicitar nada a la OEA.

Según el documento de la OEA:

“Cuando en un Estado Miembro se produzcan situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder, el Secretario General o el Consejo Permanente podrá, con el consentimiento previo del gobierno afectado, disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis de la situación. El Secretario General elevará un informe al Consejo Permanente, y éste realizará una apreciación colectiva de la situación y, en caso necesario, podrá adoptar decisiones dirigidas a la preservación de la institucionalidad democrática y su fortalecimiento.”

El Estado venezolano no ha solicitado la aplicación de éste instrumento, ni gestiones de la OEA. Por el contrario, las relaciones con el Secretario General de la OEA han ido incrementando en tensión toda vez que Almagro viola lo contemplado en la propia normativa, lo que debería suponer una sanción -al menos- moral de los países miembros y una acción diplomática de alto calibre por parte de las autoridades venezolanas.

La única modalidad en la que otro estado pudiera solicitar la aplicación de la Carta democrática de la OEA, sería tras la ruptura del orden constitucional, con la intención de restablecer la institucionalidad democrática.

Un precedente digno de mención ocurrió en el año 2009 con Honduras: un golpe de Estado auspiciado y ejecutado por los Estados Unidos derrocó al Presidente Zelaya e hizo ascender al poder al entonces Presidente del Congreso Roberto Michelleti. Los países del ALBA calificaban el hecho de Golpe de Estado. Hillary Clinton, en su biografía, confesó que utilizó todo el poder del Departamento de Estado para que Zelaya no regresara al poder (+OEA).

Dónde si es aplicable la Carta

Venezuela pudiera solicitar que se aplique la Carta Democrática a los Estados Unidos. Una nación donde las grandes corporaciones destruyen el acceso a servicios básicos como el agua potable para acumular dinero a través del fracking, una nación en la que cientos de afrodescendientes son asesinados en acciones racistas de funcionarios policiales, donde a los pobres se les niega el acceso a derechos elementales como la salud, y cada vez más se niega el acceso a la educación, un país que encabeza megaconspiraciones financieras con sus lacayos de los organismos financieros internacionales, que bombardea a diario a pueblos inocentes violando los derechos humanos de millones en el mundo.

LC

 

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