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Región argentina da un salto a la educación laica

La Corte Suprema de Argentina declaró inconstitucional la Ley Provincial en Salta, provincia del este del país, que contemplaba la educación religiosa como parte de los planes de estudio obligatorio.

Salta, una provincia con fuerte arraigo católico y cuyas festividades atraen a cientos de preregrinos anualmente, no podrá de ahora en adelante impartir educación religiosa en el horario escolar, ni incluir esta materia en el plan de estudios.

Los jueces encargados de la causa cuestionaron el artpiculo 49 de la Constitución provincial que establece el derecho de recibir educación religiosa en la escuela pública. Aunque esta norma fue catalogada como válida, se cuestionó el artículo 27 que contempla la enseñanza religiosa dentro del horario escolar y en los contenidos curriculares.

Así mismo, la Corte rechazó la Disposición N° 45 de la Dirección de Educación Primaria de la provincia, que estipula la entrega de un formulario en el que cuestionaban la disposición de los padres de que sus hijos reciban «educación religiosa» y en qué creencia desean ser instruidos.

Un salto a la educación laica

La discriminación e invasión a la privacidad de los alumnos han sido las razones principales para considerar como inconstitucionales ambas normas en Salta. La Corte determinó que existen numerosas escuelas públicas donde se enseña y practica la catequesis de un sólo culto –católico apostólico romano– lo que constituye un acto excluyente y discriminatorio.

Este fallo es un salto a la neutralidad religiosa en el país y  su aplicación definitiva a todas las instituciones públicas. Por esta razón, los jueces exhortan «al acceso a una formación neutral en el que las religiones se presenten como parte de fenómenos históricos y culturales, y no con preferencia de una sobre otra».

De acuerdo al fallo de la Corte, aquellos que deseen recibir educación religiosa, pueden hacerlo fuera del horario escolar.

AMR

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