InicioDestacadaInmunidad parlamentaria lejos de convertirse en impunidad

Inmunidad parlamentaria lejos de convertirse en impunidad

A propósito del allanamiento a la inmunidad parlamentaria de dos diputados en Venezuela, vale la pena recordar que este esta “prerrogativa”  se reconoce a los asambleístas para asegurar la independencia del Parlamento con respecto a los otros Poderes Públicos pero no constituye una patente para delinquir.

No es un dato menor que en la primera Constitución del mundo moderno, la Constitución de los Estados Unidos de 1787, se reconoce la inmunidad parlamentaria (artículo 1 de la Sección 6) pero con ciertas restricciones “exceptuando los de traición, delito grave y perturbación del orden público, gozarán del privilegio de no ser arrestados durante el tiempo que asistan a las sesiones de sus respectivas Cámaras”.

Igualmente, en la Constitución francesa de 1791 se va a reconocer expresamente la inmunidad parlamentaria con algunas condiciones (numerales 7 y 8 del Artículo Primero de la Sección V) “Podrán ser detenidos por hechos criminales en caso de flagrante delito o en virtud de un auto de detención; pero se dará aviso, sin dilación, al Cuerpo legislativo; y la persecución no podrá continuarse más que después de que el Cuerpo legislativo haya decidido si ha lugar a la acusación”

En el caso de Venezuela se va a reconocer desde la Constitución de 1811 (artículo 69):  “La inmunidad personal de los Representantes y Senadores en todos los casos, excepto los prevenidos en el párrafo sesenta y uno, y los de traición o perturbación de la paz pública se reduce a no poder ser aprisionado durante el tiempo que desempeñan sus funciones legislativas”.

Queda claro que la inmunidad parlamentaria es una figura constante en la historia constitucional de Venezuela y el mundo, pero no constituye una patente de corso para cometer delitos sin castigo.

El máximo tribunal del país petrolero aseguró que no procede el antejuicio de mérito contra Borges.

Diputados terroristas

Recordemos que la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela acordó allanar la inmunidad parlamentaria de los diputados a la Asamblea Nacional, Julio Borges y Juan Requesens, por su presunta vinculación con el magnicidio frustrado al presidente Nicolás Maduro, realizado el fin de semana durante una parada militar.

Previamente, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó la detención de Borges.

Fue acusado de instigación pública continuada, traición a la patria y homicidio intencional calificado en grado de frustración en contra de Nicolás Maduro. Es un hecho público y comunicacional la búsqueda constante del diputado de patrocinio y apoyo internacional para derrocar al gobierno de venezolano a través de una intervención militar.

Por su parte, Juan Requesens -quien fue detenido la noche del martes- será procesado en los tribunales ordinarios competentes por tratarse de delitos comunes, resolvió el TSJ.

Cabe destacar que el máximo tribunal declaró procedente su enjuiciamiento tras ser detenido luego de que uno de los implicados en el atentado contra Maduro, Juan Carlos Monasterio Vanegas, informó la  participación del diputado.

Por lo menos desde el año 2014, «Bones» -su nombre clave en la operación magnicida- ha estado involucrado en múltiples acciones violentas y desestabilizadoras contra la paz de la Nación.

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