Finalmente, después de 16 años de derrotas electorales y políticas propinadas por el chavismo, la oposición venezolana alcanzó una victoria en las elecciones parlamentarias del año 2015, al obtener la mayoría de los diputados. Desde el mismo día de su victoria comenzó el suicidio.
Los principales voceros de la oposición, comenzaron a prometer el derrocamiento del presidente constitucional de la República, que apenas iniciaba su mandato de cinco años. Ofrecieron iniciativas electorales, legislativas y hasta violentas, ninguna de ellas con base en la Constitución.
Recogieron firmas fraudulentas, hicieron llamados a la calle para generar violencia. El rol protagónico en esta aventura lo tuvo la Asamblea Nacional, desde donde se llegó a desconocer al Presidente, se discutió la figura de «abandono del cargo», ninguna tuvo éxito.
Mientras tanto, una situación carcomía las bases del parlamento, los diputados electos por el estado Amazonas al sur del país, fueron impugnados por denuncias de fraude electoral. El sustento lo conformaban las grabaciones telefónicas en las que se revela el pago por parte del gobernador de la entidad, Liborio Guarulla, miembro de la dirigencia opositora, para que los electores votaran por los candidatos de la derecha.
El Tribunal Supremo de Justicia ordenó su desincorporación y lo hicieron, pero volvieron a juramentar a los candidatos impugnados y no se ha ejecutado el proceso de desincorporación ordenado por el máximo tribunal de la República. Es por esta situación que la AN está en desacato y todas sus acciones son nulas.
Ante la persistencia en este error, este miércoles el TSJ informó a través del fallo 156, que la Sala Constitucional asumirá completamenta las atribuciones del parlamento venezolano.
«Se advierte que mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho»
reza el texto de la sentencia.
Además, esta facultad se hace extensiva al presidente Nicolás Maduro,quien tendría poderes para modificar “mediante reforma, la norma objeto de interpretación en correspondencia con la jurisprudencia de este máximo tribunal”.
JS